Piratas sin intención… Un vistazo al impacto y características de las leyes S.O.P.A./P.IP.A.
Por Maria Alejandra Pulgar
(Según conversación con Solange Reyes www.theproducersmiami.com)
Mucho se ha discutido sobre los proyectos de ley Stop Online Piracy Act (S.O.P.A.) y Protect IP Act (P.IP.A) y sin embargo aún hay dudas sobre el impacto que ambas leyes con su formulación actual pueden tener en la libertad de expresión y uso del internet, razón por la cual sus discusiones fueron pospuestas en el Congreso hasta que sean reformuladas en términos que protejan tanto los derechos de los autores como la libertad de quienes diariamente quieren tener acceso a la información global.
Con el objetivo de proporcionar a nuestros lectores una explicación sencilla y aplicada sobre estas leyes, entrevistamos a nuestro consultor Solange Reyes de The Producers Miami. A continuación reproducimos sus respuestas.
DFJ: Solange, ¿Cómo beneficiaria la promulgación de S.O.P.A y P.IP.A a las industrias del cine y la música?
“Este tema es muy viejo para las casas disqueras y de cine y la piratería no nació con la Internet. Esta simplemente obligó a las mismas a que restructuraran su sistema de comercialización; por ejemplo, la internet abarató los costos de producción de las casas disqueras, lo que “mato” fue al CD (físico), ahora se volvió a la época del single haciendo las producciones discográficas mas económicas; gracias a la Internet han aparecido nuevos artistas que posiblemente no hubieran tenido oportunidades de otra manera. Las películas que se compran por internet a través de empresas legales, aportan millones de dólares .Este es un tema muy extenso y solo para resumirlo podríamos indicar que el cambio no debe venir por una ley hecha para los infractores, eso es una cuestión de moral, debe venir dela utilización responsable de esta vía de comunicación, y esto es cuestión de ética del usuario.”
DFJ: ¿Nos puedes hablar del impacto del blackout de Wikipedia y otros sites para protestar por las leyes?
A la protesta de Wikipedia se unieron: AOL, Creative Commons Foundation, eBay, Facebook, Google, Mozilla, Twitter y Yahoo; quienes ya tienen mecanismos de protección y “filtros”. Esta unión provocó 2 movimientos: detener la ley por un lado; y por el otro, fue también un llamado de atención para aquellos que si estaban infringiendo la Ley y que fueron penalizados.”
DFJ: ¿Cómo afectaría la promulgación de SOPA y/o PIPA a los desarrolladores de páginas web y escritores de blogs?
“La internet es un fenómeno que al salirse delos límites físicos su control se ha dificultado, la tecnología ha hecho fácil copiar, modificar y compartir información bien sea en texto, imagen, sonido o video, a través de la red; pero eso no significa que los derechos de autor no existan. La codicia, el desconocimiento, la falta de ética y un poco también causas políticas (miedo de los gobiernos de no poder controlar la información) son los factores que generaron la controversial ley SOPA/PIPA (Stop Online Piracy Act), la cual a la vez es también de forma velada un atentado a la libertad de expresión, este tipo de leyes pueden ser peligrosas porque pueden entrar arbitrariedades de quienes la aplican (¿Quién censura a los que censuran?). La ambigüedad de esta ley se ve reflejada por ejemplo en la obligación de retirar enlaces con página extranjeras dudosas de la aplicación de los derechos de autor, esto es muy ambiguo ya que podría afectar sitios que son legítimos con información real y legal. La Ley de los derechos de autor ya existe, la Copyright Law y puede ser consultada y utilizada como base y criterio ético para la Internet.”
DFJ: ¿Para evitar ser considerado Pirata Informático bastaría con colocar los crédito de las fotos utilizadas o las citas bibliográficas para utilizar material con derechos de autor o tendrían que tomarse acciones adicionales antes de usarlos?
Basados en la Copyright Law en la sección de “Fair Use”, vamos a nombrar una simple lista de “SI” y “NO” que podrían guiar el manejo de esta situación (no es un consejo legal pero si es un procedimiento sano de protección de los derechos propios y los ajenos:
SI Puedes:
- Utilizar comillas para demarcar las frases extraídas de otras fuentes cuando son utilizadas en comentarios (cortos) con fines de crítica, noticia o mención.
- Se puede utilizar material de dominio público producidos antes de 1923 o en el 1977 que no hayan hecho cambios.
- Ser creativo en la exposición de las ideas, eso es la verdadera libertad.
- Si va a utilizar materia proveniente de otro sitio, es importante que lea las condiciones que ellos establecen. Muchas páginas indican cómo utilizar el material presentado por ellos (si es citándolos, haciendo links, si puede o no compartirse o copiarse la información, etc.).
NO Puedes:
- Copiar material ajeno aunque no diga que está protegido, desde 1978 aunque no se señale no significa que no está protegido, TODO material publicado obtiene AUTOMATICAMENTE la protección de la ley, explícitamente o no.
- Así no sea para uso comercial, ningún material puede ser utilizado sin autorización expresa de su autor.
- Remover el material protegido de un website no significa que se va salir del problema, todo dependerá si el autor original tome medidas legales.
- Si no puedes encontrar el dueño del material, mejor NO lo publiques, el hecho que no se pueda encontrar no significa que no existe.
- No hagas a otros lo que no quieres que te hagan a ti; la utilización justa no implica el robo del trabajo creativo de otros.
DFJ: Los Blogs permiten a sus dueños expresar sus opiniones personales. Cuando nombren alguna marca registrada ¿tendrán que hacerla salvedad colocando (TM) o (R) al lado de los nombres? ¿Es eso coartar la libertad de expresión o de opinión?
“Principalmente es importante conocer las leyes de protección intelectual. Recomiendo la lectura del Copyright Law, Capitulo 1, apartado sobre “Fair Use” en la pagina 19 (www.copyright.gov) para comprender mejor de que manera hay que hacer referencia a material previamente registrado como protegido. Hay que recordar que el derecho de autor protege lo que se haya expresado y publicado: las palabras, la combinación de palabras y la estructura de cómo se expuso la información, NO LAS IDEAS NI LOS HECHOS EN SI. Por lo tanto, antes de hacer referencias es necesario leer las condiciones de enlaces, contenidos y demás que tiene la página de donde que sacamos información y citar al autor. Utilizar el Senntido Común y la Etica son los siguientes ingredientes a esta fórmula. La libertad de expresión no implica dañar el derecho de otros.”
Tomando estos aspectos en consideración podemos evitar convertirnos en Piratas sin Intención al desarrollar contenidos para el internet.