Una oferta de trabajo podría llevarlo a obtener su residencia en USA

 

Por: Noelia M. Ramos

 

La Certificación laboral es una de las vías que permite que un empleador en los Estados Unidos contrate a un trabajador extranjero para laborar de manera permanente dentro del territorio estadounidense.

Antes de someter los documentos a Inmigración, se deben cumplir algunos requisitos con el Departamento del Trabajo. De acuerdo con la categoría en la que califica el futuro empleado, es que se determina si es necesario obtener primero una “certificación” por parte del Departamento del trabajo.

Si fuese requerida, entonces el primer paso consiste en someter una petición ante el Departamento del Trabajo (DOL), para que dicho ente certifique que no existen suficientes ciudadanos americanos para ejecutar el tipo de trabajo que se estará solicitando y por tanto autoriza la contratación de un extranjero, siempre y cuando se cumpla con el pago del salario promedio en la industria u ocupación solicitada.

La Aplicación para certificación laboral requiere un análisis detallado de los requisitos mínimos del puesto ofrecido, junto con el análisis detallado de la experiencia del beneficiario. El proceso de reunir toda esta información puede tardar un tiempo considerable.  Es necesario ser muy cuidadosos para que se pueda crear la mejor aplicación posible para una certificación laboral del extranjero, con el propósito de incrementar sus probabilidades de aprobación.

El DOL en conjunto con las agencias estatales de empleo (SWA) procesa la petición acorde con la fecha de presentación (priority day) de la documentación requerida, y una vez se obtenga la aprobación, y se verifique que hay suficientes visas de inmigrante para esa categoría laboral, entonces se puede someter la aplicación ante las oficinas de inmigración.

Si la persona se encuentra dentro de los Estados Unidos en un estatus que le permite ajustar a una residencia permanente, entonces este último paso podría realizarse aquí sin necesidad que la persona tenga que salir del país y tener que presentarse en el consulado americano.

Si el solicitante no tiene un estatus que le permita ajustar dentro de los Estados Unidos, entonces el proceso será por via consular en un país asignado por el Centro de Nacional de Visas, el cual normalmente es el país de origen del solicitante.

Cuando el solicitante se encuentra en otro país, el consulado americano tiene la discreción de autorizar un cambio de oficina consular después de haber considerado las razones de dicho cambio. Una vez que el empleado obtenga su residencia permanente, el empleador deberá de cumplir con los términos acordados en cuanto al salario y cualquier otro beneficio ofrecido al momento de presentar la solicitud de residencia por empleo. Es decir que solo el hecho de introducir una solicitud de certificación laboral no significa que el empleador debe de comenzar a pagar el salario propuesto al futuro empleado

Los familiares inmediatos (esposos e hijos menores de 21 años) se beneficiarán también y podrán obtener la residencia como beneficiarios derivados del solicitante principal.

Existen relaciones laborales que comprenden otros escenarios para lo cual tendríamos que analizar la posibilidad de poder gestionar dicho trámite, como por ejemplo personas que están aquí esperando una decisión de asilo, u otras que tienen una visa de trabajo temporal y quisieran convertirse en empleados permanentes.

Contáctenos que con mucho gusto, podremos aclarar sus dudas llamando al 786.300.8117, o enviando un email a info@nramoslaw.com

 

 

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Send this to a friend